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Tu DineroTrabajadores y EmpleosLibertades CivilesTransparencia y Rendición de CuentasAbriría la ayuda de vivienda de FEMA a las casas dañadas, sumaría dinero para prevenir daños futuros y uniría cuatro formularios de ayuda en uno solo.
Tu Dinero
La Sección 4 cambia el criterio para la ayuda de vivienda de FEMA: de una casa “declarada inhabitable” a una casa “dañada por un desastre mayor”. Más hogares cumplirían con el requisito.
La Sección 4 añade un nuevo tipo de fondos de FEMA para medidas que protejan una vivienda, sus servicios públicos o su camino de acceso frente al próximo desastre. El monto máximo que usted podría recibir es igual al límite de la ayuda de vivienda para ese desastre.
Los alquileres suelen subir después de un desastre. La Sección 12 exige que FEMA incluya los aumentos de renta locales posteriores al desastre al calcular el monto de la ayuda para un inquilino.
La Sección 3 ordena a FEMA crear una única solicitud universal para la ayuda federal por desastre destinada a personas. FEMA trabajaría en ello junto con las agencias de vivienda, pequeñas empresas y agricultura.
La Sección 5 permite que FEMA gestione directamente las reparaciones para las personas que no pueden aprovechar la ayuda en efectivo y no tienen otros recursos. Esto cubre la vivienda, sus servicios públicos y un camino de acceso privado.
Cualquier persona que acepte el trabajo de reparación directa bajo la Sección 5 no calificaría para la asistencia de vivienda de FEMA, como la ayuda de alquiler o una unidad temporal. FEMA puede levantar esa restricción caso por caso.
Trabajadores y Empleos
La Sección 11 permite que FEMA reembolse a los gobiernos estatales, tribales y locales por alojar a los equipos de policía, bomberos, rescate y personal médico —además de la familia con la que se hospedaron— después de un desastre. Los funcionarios electos que dirigen la respuesta también están cubiertos, pero no los miembros del Congreso, y el pago se detiene 6 meses después de que termina el período del incidente.
Libertades Civiles
La Sección 2 impide que FEMA incorpore los datos de los solicitantes al nuevo sistema hasta que demuestre que este cumple con las normas federales de seguridad, publique una revisión del impacto en la privacidad y publique las reglas sobre quién puede ver qué.
Otras agencias federales solo pueden unirse al sistema firmando un acuerdo. Deben notificar a FEMA dentro de las 24 horas posteriores a una filtración y asumir el costo del daño, incluido el monitoreo de crédito para las personas cuyos expedientes quedaron expuestos.
La Sección 2 crea un solo sistema que contiene datos personales, financieros y del hogar provenientes de las solicitudes de ayuda por desastre. FEMA y las agencias de vivienda, pequeñas empresas y agricultura pueden leer y añadir información, al igual que las oficinas estatales y tribales de subvenciones.
La Ley de Privacidad establece reglas adicionales cuando las agencias comparan expedientes sobre la misma persona entre bases de datos. La Sección 2 establece que este intercambio no cuenta como ese tipo de cotejo de expedientes, por lo que esas reglas no se aplicarían.
Transparencia y Rendición de Cuentas
La Sección 9 exige que FEMA publique una herramienta web después de cada declaración de desastre mayor. Esta mostraría cuántas personas solicitaron ayuda, cuántas fueron aprobadas o rechazadas, los principales motivos de rechazo, y los montos pagados a propietarios e inquilinos por encima y por debajo del ingreso medio nacional.
La Sección 8 permite que FEMA financie a las agencias estatales para operar sitios web que enumeren la ayuda de recuperación federal, estatal y local para personas y localidades. Un estado que acepte los fondos debe actualizar el sitio al menos dos veces al año.
Los estados pueden administrar por su cuenta la ayuda de vivienda de FEMA bajo un programa piloto que debía terminar después de 2 años. La Sección 6 lo extiende a 10 años y elimina el plazo para revisar cómo funcionó el programa piloto.
Más sobre este proyecto de ley
Más hogares dañados podrían recibir ayuda de FEMA. Ahora mismo esa ayuda llega a las casas que un desastre dejó inhabitables. El cambio la abriría a las casas que solo están dañadas. FEMA también podría pagar por obras que protejan una vivienda de la próxima tormenta o inundación. Ese dinero tendría el mismo límite que la ayuda de vivienda. Los inquilinos también saldrían beneficiados. La ayuda de alquiler tendría que seguir el ritmo de las subidas de renta locales después de un desastre. Solicitar la ayuda sería más sencillo. Un solo formulario cubriría la asistencia federal por desastre de cuatro agencias. FEMA lo crearía junto con las agencias de vivienda, pequeñas empresas y agricultura. Un sistema compartido en línea les permitiría ver un solo expediente y enviarle a usted actualizaciones sobre su estado. FEMA también podría reparar una vivienda dañada directamente cuando la ayuda en efectivo no sea suficiente. Pero aceptar esa ayuda puede bloquear otra ayuda de vivienda, a menos que FEMA indique lo contrario. Los estados podrían recibir fondos federales para operar sitios web que enumeren la ayuda de recuperación local. Ese sistema compartido movería sus datos personales y financieros entre agencias. Las oficinas estatales de subvenciones también podrían verlos. El proyecto de ley dice que las reglas habituales de privacidad para cotejar expedientes entre agencias no se aplicarían. FEMA primero tendría que demostrar que el sistema es seguro y publicar una revisión de privacidad. Una agencia que filtre sus datos tendría que pagar por monitoreo de crédito y otros costos. FEMA también publicaría un panel de control público dentro de los 90 días posteriores a cada desastre mayor. Mostraría cuántas personas fueron aprobadas, cuántas fueron rechazadas y por qué. Los cambios de reparación y alojamiento se aplicarían solo al dinero que el Congreso apruebe después de que el proyecto de ley se convierta en ley.
Resumen del Congreso
Este proyecto de ley establece un sistema unificado de solicitud para la asistencia en casos de desastre, amplía la asistencia para personas y hogares afectados por desastres, y exige estudios e informes relacionados.La Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) debe establecer un sistema electrónico interinstitucional de intercambio de información, conocido como el sistema unificado de solicitud para desastres, para llevar a cabo la asistencia en casos de desastre, incluida la administración de una solicitud universal de asistencia federal por desastre para personas.El proyecto de ley amplía la asistencia de FEMA para personas y hogares al (1) cambiar el criterio de elegibilidad para la asistencia de vivienda, de residencias que quedaron inhabitables a residencias dañadas por un desastre, (2) permitir asistencia directa (es decir, no monetaria) para la reparación de viviendas y la mitigación de riesgos en residencias, y (3) permitir asistencia de mitigación de riesgos para residencias por separado de la asistencia para reparación de viviendas.FEMA puede (1) proporcionar fondos a las agencias estatales para establecer sitios web que ofrezcan información sobre los recursos de recuperación posdesastre; y (2) reembolsar a los gobiernos estatales, tribales o locales ciertos costos relacionados con el alojamiento del personal de respuesta de emergencia.El proyecto de ley extiende la autoridad de FEMA para implementar la asistencia de vivienda administrada por los estados como un programa piloto.FEMA debe establecer un panel de control en línea que muestre cierta información relacionada con el programa de Asistencia Individual para cada declaración de desastre mayor.FEMA también debe realizar un estudio e informar al Congreso sobre los desafíos que enfrentan los inquilinos que buscan asistencia por desastre.La Oficina de Responsabilidad del Gobierno (GAO) debe informar sobre (1) el robo de identidad y el fraude en la asistencia federal por desastre, (2) las prácticas de evaluación preliminar de daños en el marco del programa de Asistencia Individual, y (3) los desafíos para obtener asistencia bajo los procedimientos alternativos de Asistencia Pública.
Temas Legislativos
Detalles
- Congreso
- 119th
- Cámara
- Cámara de Representantes
- Estado
- resumido
- Acción
- Presentado en la Cámara
- Fecha de Acción
- 2025-02-12
- Fecha Agregada
- 2026-04-15
- Fuente
- Congress.gov →
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