Reescribe la Ley de Especies en Peligro de Extinción de 1973 —y la renombra como 'Ley de Recuperación de Especies en Peligro de Extinción'— orientando la ley hacia plazos de recuperación e incentivos para propietarios privados en lugar de la aplicación impulsada por litigios. El Servicio de Pesca y Vida Silvestre tendría que publicar un 'plan nacional de trabajo' a 5 años que clasifique las especies por prioridad, establezca metas de recuperación específicas que reduzcan las protecciones conforme se cumplan, y publique análisis de impacto económico para cada decisión de catalogación. Los nuevos 'Acuerdos de Beneficio para la Conservación' permitirían a propietarios privados, estados, tribus y condados comprometerse de antemano con acciones de conservación a cambio de una garantía de no mayores restricciones si una especie es catalogada posteriormente —y los permisos de captura incidental quedarían exentos de la revisión ambiental establecida por la Ley de Política Ambiental Nacional (NEPA). La ley también simplifica el proceso de consulta interinstitucional de la Sección 7 (el eje de las revisiones de proyectos federales cerca de especies protegidas), restringe qué constituye un 'efecto' que la agencia debe considerar, y añade una nueva vía de exención para proyectos con justificación de seguridad nacional o impacto económico significativo. El pago de honorarios legales en demandas ciudadanas bajo esta ley quedaría limitado a $125 por hora y $200,000 por caso, con la elegibilidad restringida a demandantes más pequeños —lo que reduciría significativamente quién puede costear una demanda contra agencias federales para hacer cumplir la ley. La ley otorga un alivio regulatorio sustancial a industrias que operan en tierras con especies catalogadas (petróleo, gas, minería, madera, y partes de la agricultura y la construcción); los partidarios afirman que el paquete reequilibra la ley hacia la recuperación real de las especies, mientras que grupos ambientalistas advierten que los cambios eliminan las protecciones esenciales que salvaron a especies como el águila calva y el caimán americano de la extinción.
Preocupaciones Medioambientales
- Revisión NEPA para permisos de captura incidental — Eliminada para permisos emitidos bajo la Sección 10 de la ESA
- Consulta de la Sección 7 para planes de conservación de hábitat — Eliminada para permisos emitidos bajo la Sección 10(a)
- Elegibilidad de hábitat crítico en terrenos privados — Excluida cuando existe un plan de manejo de tierras que califique
- Causales de "no prudente" para hábitat crítico — Ampliadas para incluir justificaciones de áreas extranjeras y de actividad humana
- Alcance del análisis de riesgo (jeopardy) — Limitado a efectos "razonablemente ciertos" con evidencia clara y sustancial
- Alcance del área de acción en consultas — Excluye efectos remotos en tiempo, distancia o cadena causal
- Medidas razonables y prudentes — No pueden exigir mitigación o compensación de la captura incidental
- Vía de exención por seguridad nacional e impacto económico — Añadida para proyectos bajo la Sección 7(g)
- Autoridad estatal sobre estrategias de recuperación — Los estados pueden solicitar sustituir su propio plan por la regulación protectora federal
- Acuerdos de Beneficio de Conservación — Los acuerdos previos al listado fijan garantías de no imponer restricciones adicionales a los propietarios
Beneficios Corporativos
- Carga de permisos federales sobre industrias extractivas — Reducida mediante la simplificación de NEPA, Sección 7 y captura incidental
- Vía de exención industrial — Añadida para proyectos que aleguen impactos económicos adversos significativos a nivel nacional o regional
- Obligaciones de mitigación para titulares de permisos — Eliminadas como base para medidas razonables y prudentes
Impacto en el Hogar Promedio
- Tarifa de honorarios de abogado en demandas ciudadanas — Limitada a $125 por hora bajo litigios de la ESA
- Adjudicación de honorarios en demandas ciudadanas por caso — Limitada a $200,000 totales en cualquier demanda individual
- Elegibilidad para demandas ciudadanas — Restringida a demandantes con patrimonio neto bajo $2M o pequeñas organizaciones bajo $7M / 500 empleados
- Recuperación de honorarios para demandantes recurrentes — Prohibida para partes que busquen honorarios en 3 o más demandas dentro de un período de 12 meses
Transparencia y Rendición de Cuentas
- Divulgación de datos de listado — Los datos científicos subyacentes deben publicarse en línea para cada listado y designación de hábitat
- Reporte de gastos por litigios de la ESA — Se requiere informe anual y base de datos consultable de costos de litigios federales
- Análisis de impacto económico y de seguridad nacional — Requerido simultáneamente con cada determinación de listado
- Notificación al Congreso — Requerida para designaciones de hábitat y liberaciones de poblaciones experimentales mayores a 50,000 acres
- Seguimiento de revisión de 5 años — La elaboración de reglas debe iniciarse dentro de los 30 días posteriores a una determinación de cambio de estatus
Resumen del Congreso
Ley de Enmiendas a la ESA de 2025: Esta ley reautoriza hasta el año fiscal 2031 la Ley de Especies en Peligro de Extinción y, en términos generales, reduce las protecciones que dicha ley establece. La ley ordena al Servicio de Pesca y Vida Silvestre y al Servicio Nacional de Pesca Marina presentar un Plan Nacional de Trabajo de Clasificación que establezca un cronograma y plan a cinco años para abordar la catalogación de especies en peligro o amenazadas y la designación de hábitats críticos para esas especies. En virtud del plan, la ley otorga a los Servicios flexibilidad en el calendario para actuar ante peticiones de catalogación y elimina el requisito de que los Servicios respondan a dichas peticiones en un plazo de 12 meses. La ley limita los terrenos que pueden designarse como hábitat crítico para una especie en peligro o amenazada. También restringe las protecciones otorgadas a las especies amenazadas y permite que un estado regule la recuperación de dichas especies si los Servicios determinan que la estrategia de recuperación propuesta por el estado conservaría la especie. La ley otorga autoridad legal a los Acuerdos de Beneficio para la Conservación, que permiten a propietarios privados suscribir acuerdos voluntarios para reducir amenazas a especies candidatas a cambio de poder continuar sus operaciones si la especie es catalogada posteriormente. La ley también modifica el proceso de permisos para ciertos otros acuerdos voluntarios de conservación, incluyendo la exención de los permisos de captura incidental (por ejemplo, permisos para dañar o matar una especie) de los requisitos de revisión ambiental. La ley también realiza otros cambios a la ley original, incluyendo la limitación de los requisitos de consulta, la revisión judicial y el pago de honorarios legales en ciertos casos.
Temas Legislativos
Detalles
- Congreso
- 119th
- Cámara
- Cámara de Representantes
- Estado
- translated
- Acción
- Rules Committee Resolution H. Res. 1189 Reported to House. Rule provides for consideration of H.R. 4690, H. Res. 1182, H.R. 1897 and H.R. 5587. The resolution provides for consideration of H.R. 4690, H. Res. 1182, H.R. 1897, and H.R. 5587 under a closed rule with one hour of general debate on each measure. The resolution provides for one motion to recommit on H.R. 4690, H.R. 1897, and H.R. 5587.
- Fecha de Acción
- 2026-04-20
- Fecha Agregada
- 2026-04-21
- Fuente
- Congress.gov →
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