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Tu DineroTrabajadores y EmpleosLibertades CivilesTransparencia y Rendición de CuentasLas grandes universidades de investigación publicarían en línea los regalos y contratos extranjeros de su personal — las multas comienzan en $250,000.
Tu Dinero
Una escuela tendría que ser llevada a los tribunales tres veces, y en cada ocasión se le ordenaría cumplir. Después de eso, perdería la ayuda federal para estudiantes. Los estudiantes de esa escuela no podrían usar becas ni préstamos federales en ella durante al menos dos años.
Trabajadores y Empleos
Los investigadores y el personal clave en proyectos con financiamiento federal presentarían un reporte a su escuela cada 31 de julio. Este incluiría los regalos extranjeros con un valor mayor a una pequeña cantidad fija y los contratos extranjeros de $5,000 o más.
Cada escuela cubierta elegiría de uno a tres de sus propios empleados para dirigir este trabajo. Ellos tendrían que certificar que la escuela está cumpliendo con las reglas y con su propia política escrita.
Libertades Civiles
La base de datos pública no incluiría nombres. Las escuelas seguirían manteniendo una lista de quién divulgó qué, y esa lista podría darse a conocer mediante una solicitud bajo la Ley de Libertad de Información.
El proyecto de ley trata a cualquier persona que no sea ciudadana o nacional de los Estados Unidos como una fuente extranjera. Un regalo de un amigo, familiar o compañero de trabajo que no sea ciudadano tendría que reportarse.
Algunos países ya están en la lista conforme a la ley de defensa. El Secretario de Educación podría agregar más, después de consultar con los jefes de defensa, del Departamento de Estado y de inteligencia. Un trato con una fuente de un país en la lista cuenta sin importar el monto.
Transparencia y Rendición de Cuentas
Cada escuela administraría una base de datos con capacidad de búsqueda y descarga en su propio sitio web. Las entradas se publicarían 30 días después de que la escuela reciba el reporte y permanecerían publicadas durante al menos cinco años.
La mayoría de los contratos extranjeros se reportarían solo por encima de $5,000, y solo en forma breve. Pero un trato con un país o empresa en la lista de preocupación cuenta sin importar el monto. Su texto completo se haría público.
Una oficina del Departamento mantendría una página web pública. Esta enumeraría cada país y empresa considerados una preocupación. Se les avisaría a las escuelas dentro de los 7 días siguientes a cualquier cambio en esa lista.
Estos son montos mínimos, no máximos. Una primera multa sería de $250,000, o el monto total no reportado si es mayor; una multa posterior sería de $500,000, o el doble. La escuela también tendría que reembolsar lo que la investigación le costó al gobierno.
Más sobre este proyecto de ley
Los investigadores de las grandes universidades de investigación tendrían que reportar el dinero extranjero que reciben. La regla cubriría a las escuelas que recibieron más de $50 millones en fondos federales de investigación en cualquiera de los últimos cinco años. También cubriría a las escuelas que reciben fondos del Título VI para estudios internacionales. El personal cubierto presentaría un reporte a su escuela cada 31 de julio. Contarían los regalos con un valor mayor a una pequeña cantidad fija. También contarían los contratos de $5,000 o más. Las escuelas tendrían que tener todo esto listo dentro de los 90 días posteriores a la aprobación de la ley. Cada escuela publicaría los reportes en una base de datos pública en su sitio web. La base de datos tendría capacidad de búsqueda y sería fácil de descargar. Los nombres quedarían fuera de esa versión pública. Las escuelas seguirían manteniendo los nombres en sus archivos. Los encargados de investigar infracciones podrían verlos. También podrían verlos las personas que presenten solicitudes de registros públicos. Los contratos con un país o empresa en la lista de preocupación del gobierno enfrentarían reglas más estrictas. Esos se reportarían sin importar el valor, incluso si es $0. Su texto completo se publicaría en línea. Las escuelas también mantendrían un plan para detectar el espionaje extranjero dirigido a sus investigadores. El Departamento de Educación investigaría las presuntas infracciones. Podría pedirle al Fiscal General que demande a una escuela en un tribunal federal. Una primera infracción costaría al menos $250,000. Las siguientes costarían al menos $500,000, o el doble del monto no reportado. Una escuela demandada tres veces perdería la ayuda federal para estudiantes durante al menos dos años. Las becas y préstamos federales no estarían disponibles en esa escuela durante ese tiempo.
Resumen del Congreso
Ley de Divulgación de la Participación en Transacciones Extranjeras, o Ley de Divulgación GIFT. Este proyecto de ley exige que ciertas instituciones de educación superior (IHE, por sus siglas en inglés) divulguen los regalos o contratos entre personas cubiertas (por ejemplo, investigadores) y fuentes extranjeras. Este proyecto de ley se aplica a una IHE que (1) sea una institución elegible para fines de los programas federales de ayuda estudiantil, y (2) haya recibido más de 50 millones de dólares en fondos federales en cualquiera de los cinco años calendario anteriores (con al menos una parte destinada a apoyar la investigación y el desarrollo), o que reciba ciertos otros fondos federales. En concreto, el proyecto de ley exige que una IHE mantenga una política que exija a las personas cubiertas empleadas en la IHE divulgar anualmente los regalos recibidos de una fuente extranjera, o los contratos celebrados con ella; una base de datos disponible al público y con capacidad de búsqueda con la información divulgada, excluyendo la información de identificación personal; y un plan para identificar y gestionar la posible recopilación de información por parte de fuentes extranjeras mediante espionaje dirigido a las personas cubiertas que pueda surgir de dichos regalos o contratos. El proyecto de ley exige que el Departamento de Educación (ED, por sus siglas en inglés) investigue posibles infracciones de esta ley y establece las diversas sanciones para cada infracción. Además, el ED debe mantener un único punto de contacto para, entre otras funciones, recibir y responder a consultas y solicitudes de asistencia técnica de las IHE relacionadas con el cumplimiento de los requisitos de la ley. Las IHE también deben establecer políticas y designar oficiales de cumplimiento. La Oficina de Rendición de Cuentas del Gobierno debe estudiar e informar sobre formas de mejorar la coordinación entre agencias intergubernamentales para implementar y hacer cumplir los requisitos de divulgación de informes.
Temas Legislativos
Detalles
- Congreso
- 119th
- Cámara
- Cámara de Representantes
- Estado
- resumido
- Acción
- Presentado en la Cámara
- Fecha de Acción
- 2025-03-10
- Fecha Agregada
- 2026-07-30
- Fuente
- Congress.gov →
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