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Impacto en el Hogar PromedioTransparencia y Rendición de CuentasReduce al 2 % la tasa de interés de los préstamos estudiantiles federales: los préstamos existentes se reescriben automáticamente, sin trámite del prestatario.
Impacto en el Hogar Promedio
- Tasa de interés de préstamos estudiantiles federales — Fijada en 2.0 % para préstamos existentes y nuevos
- Refinanciación automática — Los préstamos de otros prestamistas pasan a términos federales, con opción de rechazo
- Comisiones de apertura — Eliminadas en los préstamos refinanciados mediante este programa
Transparencia y Rendición de Cuentas
- Requisitos de informe — Informe anual sobre prestatarios modificados, refinanciados y morosos
Los detalles
Los préstamos estudiantiles federales tendrían una tasa fija del 2 por ciento. El Departamento de Educación reescribiría los términos de los préstamos que ya administra. Los prestatarios no tendrían que solicitarlo ni hacer ningún trámite. Los préstamos en manos de otros prestamistas se refinanciarían como préstamos federales de consolidación con la misma tasa del 2 por ciento. Los prestatarios pueden optar por no participar en ese paso. No habría comisión de apertura. El plazo de pago no se alargaría. Los préstamos nuevos emitidos después del siguiente 1 de julio también tendrían el 2 por ciento. El departamento debe informar cada año cuántos prestatarios fueron trasladados y cuántos se atrasaron.
Resumen del Congreso
Ley de Préstamos Asequibles para EstudiantesEste proyecto de ley fija en 2 % la tasa de interés de los préstamos estudiantiles federales nuevos y existentes. (Actualmente, las tasas de interés de los préstamos estudiantiles federales van del 6.53 % al 9.08 %, según el tipo de préstamo).En concreto, el proyecto ordena al Departamento de Educación (ED) que establezca y aplique procedimientos para modificar los términos de los préstamos estudiantiles federales en poder del ED, de modo que la tasa de interés aplicable sea del 2 % sobre el saldo de capital pendiente del préstamo. El ED debe modificar la tasa de interés sin ninguna acción por parte del prestatario.Además, el ED debe establecer y aplicar procedimientos para (1) refinanciar como préstamos de consolidación los préstamos elegibles que no estén en poder del ED (por ejemplo, préstamos del Programa Federal de Préstamos Educativos Familiares en manos privadas y préstamos Perkins), y (2) permitir que el prestatario opte por no participar en esta refinanciación. El proyecto detalla los términos y condiciones de estos préstamos refinanciados, entre ellos la prohibición de que el ED cobre comisiones de apertura y la fijación de la tasa de interés en 2 % para estos préstamos.El proyecto aplica la tasa de interés del 2 % a los préstamos nuevos (es decir, los préstamos estudiantiles federales otorgados a partir del primer 1 de julio posterior a la promulgación del proyecto) y también aplica esta tasa de forma retroactiva a los préstamos existentes.
Detalles
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- Fecha de Acción
- Fecha Agregada
- Fuente
- Congress.gov →
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