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HR-2347Cámara de Representantes2026-04-28Impuestos

Ley de Prevención Tributaria para la Justicia de Sobrevivientes

Resumen YourVoice.NowLibertades CivilesTransparencia y Rendición de Cuentas

Actualmente, si una persona sobreviviente de agresión sexual gana un acuerdo civil o una sentencia judicial, el IRS puede gravar esos daños como ingresos a menos que la persona pueda documentar lesiones físicas — un obstáculo que muchas veces obliga a revivir el trauma en un tribunal tributario. Este proyecto modificaría el código tributario federal para que los daños compensatorios (todo excepto los daños punitivos) recibidos por un acto sexual o un contacto sexual queden excluidos del ingreso imponible, sin que se requieran registros médicos ni lesiones visibles. Si un acuerdo u orden judicial declara que el dinero corresponde a daños por acto o contacto sexual, esa declaración se considera prueba creíble y traslada la carga de la prueba al IRS. El Departamento del Tesoro, en coordinación con la Oficina del Departamento de Justicia sobre la Violencia contra la Mujer, también realizaría un programa de concienciación pública para que las personas sobrevivientes y sus abogados sepan que la exclusión existe. El cambio se aplica a las decisiones y acuerdos celebrados después de que el proyecto se convierta en ley.

Libertades Civiles

  • Tratamiento fiscal de daños civiles a sobrevivientes — Daños no punitivos por actos o contactos sexuales excluidos del ingreso bruto
  • Carga de la prueba en disputas tributarias de sobrevivientes — La declaración del acuerdo se considera prueba creíble, trasladando la carga al IRS
  • Requisito de documentación para daños a sobrevivientes — Ya no se exigen registros médicos ni lesiones observables para la exclusión

Transparencia y Rendición de Cuentas

  • Programa de concienciación pública — El Tesoro está obligado a difundir la exclusión en consulta con la Oficina del DOJ sobre la Violencia contra la Mujer

Resumen del Congreso

Ley de Prevención Tributaria para la Justicia de Sobrevivientes Esta ley excluye del ingreso bruto ciertos daños recibidos por una persona a causa de cualquier acto o contacto sexual, y establece la carga de prueba aplicable en procedimientos judiciales relacionados con la caracterización de dichos daños para fines del impuesto federal sobre la renta. Bajo la ley actual, los montos recibidos como indemnización por daños (distintos de los daños punitivos) de un fallo, laudo o acuerdo pueden excluirse del ingreso bruto y, por lo tanto, no están sujetos al impuesto federal sobre la renta, si son atribuibles a una lesión física personal o enfermedad física. El Servicio de Impuestos Internos (IRS) generalmente interpreta "lesión física personal" como la que requiere daño corporal observable (por ejemplo, moretones, cortes, inflamación o sangrado). Bajo esta ley, los montos recibidos como indemnización (distintos de los daños punitivos) de un fallo, laudo o acuerdo por cualquier acto o conducta sexual, ya sea que existan o no registros médicos o lesiones observables de dicho acto o contacto, podrán excluirse del ingreso bruto. Además, si un fallo, laudo o acuerdo establece que los daños se deben a cualquier acto o conducta sexual, entonces el IRS tendrá la carga de probar lo contrario en procedimientos judiciales relacionados con la obligación tributaria asociada. Finalmente, la ley exige al IRS promover la conciencia pública sobre la exclusión del ingreso bruto de daños relacionados con actos o contactos sexuales.

Detalles

Congreso
119th
Cámara
Cámara de Representantes
Estado
resumido
Acción
Received in the Senate.
Fecha de Acción
2026-04-28
Fecha Agregada
2026-04-24
Fuente
Congress.gov →

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