Los sobrevivientes de agresión sexual y abuso que ganan un acuerdo legal o sentencia judicial actualmente deben pagar impuesto federal sobre la renta sobre esos daños en muchos casos — esta ley cambiaría eso. Bajo la ley actual, solo los daños vinculados a una "lesión física" están exentos de impuestos; los sobrevivientes sin lesiones visibles ni registros médicos a menudo enfrentan facturas de impuestos sobre el dinero que recibieron por el daño que sufrieron. La ley exentaría explícitamente del ingreso bruto cualquier acuerdo o fallo vinculado a actos o contactos sexuales, sin requerir lesión física observable como prueba. Los acuerdos y decisiones judiciales alcanzados después de la promulgación de la ley calificarían, y el Departamento del Tesoro estaría obligado a realizar una campaña de concienciación pública para que los sobrevivientes conozcan la nueva protección tributaria.
Resumen del Congreso
Ley de Prevención Tributaria para la Justicia de Sobrevivientes Esta ley excluye del ingreso bruto ciertos daños recibidos por una persona a causa de cualquier acto o contacto sexual, y establece la carga de prueba aplicable en procedimientos judiciales relacionados con la caracterización de dichos daños para fines del impuesto federal sobre la renta. Bajo la ley actual, los montos recibidos como indemnización por daños (distintos de los daños punitivos) de un fallo, laudo o acuerdo pueden excluirse del ingreso bruto y, por lo tanto, no están sujetos al impuesto federal sobre la renta, si son atribuibles a una lesión física personal o enfermedad física. El Servicio de Impuestos Internos (IRS) generalmente interpreta "lesión física personal" como la que requiere daño corporal observable (por ejemplo, moretones, cortes, inflamación o sangrado). Bajo esta ley, los montos recibidos como indemnización (distintos de los daños punitivos) de un fallo, laudo o acuerdo por cualquier acto o conducta sexual, ya sea que existan o no registros médicos o lesiones observables de dicho acto o contacto, podrán excluirse del ingreso bruto. Además, si un fallo, laudo o acuerdo establece que los daños se deben a cualquier acto o conducta sexual, entonces el IRS tendrá la carga de probar lo contrario en procedimientos judiciales relacionados con la obligación tributaria asociada. Finalmente, la ley exige al IRS promover la conciencia pública sobre la exclusión del ingreso bruto de daños relacionados con actos o contactos sexuales.
Detalles
- Congreso
- 119th
- Cámara
- Cámara de Representantes
- Estado
- resumido
- Acción
- Informado a la Cámara
- Fecha de Acción
- 2026-04-09
- Fecha Agregada
- 2026-04-24
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