Este proyecto se convirtió en ley el 2025-12-01 como Ley Pública No. 119-44.
El resumen a continuación describe el proyecto en la versión que revisamos por última vez; el texto promulgado puede ser distinto.
Resumen YourVoice.Now
Impacto en el Hogar PromedioLibertades CivilesJusticia Penal y Debido ProcesoTransparencia y Rendición de CuentasBeneficios CorporativosRenueva hasta 2030 los programas de prevención, tratamiento y recuperación de la ley de opioides de 2018, y a la mayoría les sube el presupuesto.
Impacto en el Hogar Promedio
- Capacitación de primeros respondedores — El presupuesto sube de 36 a 57 millones al año
- Subvenciones para comunidades de recuperación — Suben de 5 a 17 millones al año
- Pago de préstamos para el personal de adicciones — Sube de 25 a 40 millones al año
- Más acceso a medicamentos contra sobredosis — Ya no es solo naloxona, cubre cualquier reversor aprobado
- Insumos para detectar drogas — Las subvenciones estatales pueden comprar tiras de fentanilo y xilacina donde sea legal
Libertades Civiles
- Vigilancia de drogas en aguas residuales — Ya es una actividad permitida, sujeta a las leyes de privacidad
- Se protege la privacidad de quien llama — Los reportes de ciberseguridad no pueden exponer datos personales
Justicia Penal y Debido Proceso
- Revisan la clasificación de la droga — Deben reexaminar dónde clasifican los productos de buprenorfina y naloxona
Transparencia y Rendición de Cuentas
- Reporte obligatorio de incidentes — Los centros de crisis y quien administra el 9-8-8 deben avisar de vulnerabilidades
- Estudio de la GAO — Tiene 180 días para evaluar el riesgo cibernético del 9-8-8
- Reporte anual sobre fentanilo — El nuevo grupo de trabajo le informa al Congreso cada año
- Reporte sobre alcoholismo fetal — Empieza a informarle al Congreso cada año, cuatro años después de que la ley entre en vigor
- Participación pública — La FDA tiene que abrir un espacio para comentarios sobre cómo regula los analgésicos opioides
- El comité tiene fecha de cierre — El comité interdepartamental termina el 30 de septiembre de 2030
Beneficios Corporativos
- Menos exigencias de proveedor — No pueden obligar a los estados a usar un proveedor específico
- Más entidades autorizadas para capacitar — Se suman asociaciones profesionales a la lista aceptada
- Más entregas de farmacia a médicos — Ahora incluye sustancias de las listas III a V bajo un plan de uso seguro
Los detalles
Los programas de subvenciones que creó la ley de opioides de 2018 vuelven a tener dinero hasta 2030. La mayoría de esas autorizaciones se habían vencido después de 2023. Y casi todas regresan con más dinero. La capacitación de los primeros respondedores contra sobredosis pasa de 36 a 57 millones de dólares al año. Las subvenciones para armar comunidades locales de recuperación suben de 5 a 17 millones. El pago de préstamos para el personal que trata las adicciones sube de 25 a 40 millones. Y el tratamiento residencial para embarazadas y mujeres en posparto llega a 38,9 millones al año. Varios programas ya no se enfocan solo en los opioides. La capacitación de primeros respondedores ahora cubre sobredosis de cualquier droga, no solo de opioides. El programa de vigilancia de sobredosis de los CDC se reescribió para rastrear cualquier sustancia, no solo opioides, y ahora puede pagar pruebas de aguas residuales para detectar tendencias locales de consumo. Las reglas federales de las subvenciones ahora tienen que tratar igual a cualquier medicamento aprobado contra sobredosis, no solo a la naloxona. Y las subvenciones estatales y tribales para opioides también pueden usarse para comprar tiras reactivas de fentanilo y xilacina, donde la ley del estado lo permita. La Línea 9-8-8 de Prevención del Suicidio ahora tiene que cuidarse de ciberataques. Los centros de crisis y quien administra la red deben reportarle a las autoridades federales cualquier vulnerabilidad o incidente que detecten, pero esos reportes tienen que proteger los datos personales de quien llama. La Oficina de Rendición de Cuentas del Gobierno (GAO) tiene 180 días para estudiar los riesgos cibernéticos de la línea. También se crea un grupo de trabajo federal que se va a enfocar en las drogas contaminadas con fentanilo y le va a reportar al Congreso cada año. Y las autoridades de salud tienen que revisar si los medicamentos que combinan buprenorfina y naloxona siguen clasificados donde deberían.
Resumen del Congreso
Ley de Reautorización SUPPORT para Pacientes y Comunidades de 2025Esta ley reautoriza y modifica programas y actividades relacionados con la atención de los trastornos por consumo de sustancias, las sobredosis y la salud mental. (Para más información sobre cada sección de esta ley, véase el Informe CRS R48864.)TÍTULO I--PREVENCIÓN(Sec. 101) Esta sección reautoriza hasta el año fiscal 2030 los programas de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) que brindan información, subvenciones y asistencia técnica para estudiar y prevenir los trastornos por consumo de sustancias prenatales y posnatales.(Sec. 102) Esta sección reautoriza hasta el año fiscal 2030 los programas de los CDC que realizan y financian actividades de vigilancia, tratamiento y educación sobre las infecciones asociadas al consumo de drogas ilícitas.(Sec. 103) Esta sección reautoriza hasta el año fiscal 2030 y amplía los programas de los CDC dedicados a monitorear el consumo de drogas y las sobredosis (por ejemplo, apoyando los programas estatales de monitoreo de medicamentos recetados), prevenir y responder a los trastornos por consumo de sustancias, y concientizar sobre los opioides y otras sustancias. La sección autoriza actividades adicionales, incluida la vigilancia de aguas residuales y la recolección de datos sobre factores de riesgo asociados a las sobredosis.(Sec. 104) Esta sección restablece, amplía y otorga autoridad legal a las actividades del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS) relacionadas con los trastornos del espectro alcohólico fetal (es decir, las condiciones causadas por la exposición prenatal al alcohol), incluida la realización y el financiamiento de investigación, educación y concientización pública, e intervención y servicios de apoyo para las personas afectadas.(Sec. 105) Esta sección especifica que, al otorgar subvenciones para apoyar los programas estatales de monitoreo de medicamentos recetados, los CDC no están autorizados a exigir que los estados usen proveedores o sistemas de interoperabilidad específicos, salvo para alinearse con estándares generales de interoperabilidad basados en consenso. (Sec. 106) Esta sección reautoriza hasta el año fiscal 2030 y amplía las subvenciones a entidades gubernamentales para dotar a los primeros respondedores de medicamentos que revierten sobredosis por opioides (por ejemplo, naloxona) y de la capacitación correspondiente. El programa lo administra la Administración de Servicios de Salud Mental y Abuso de Sustancias (SAMHSA).La sección amplía el programa para incluir (1) el tratamiento y la capacitación para sobredosis por drogas distintas de los opioides, y (2) el tratamiento con medicamentos o dispositivos comercializados legalmente conforme a la ley aplicable. La ley vigente limita el programa a las sobredosis por opioides y a los medicamentos o dispositivos oficialmente aprobados o autorizados por la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA).(Sec. 107) Esta sección reautoriza hasta el año fiscal 2030 y modifica la Iniciativa Nacional de Estrés Traumático Infantil y las actividades relacionadas, administradas por SAMHSA. Bajo la iniciativa, SAMHSA otorga subvenciones y otros apoyos para mejorar la calidad y ampliar el acceso a los servicios que atienden el trauma psicológico en jóvenes y familias. La sección exige que los beneficiarios desarrollen capacitaciones y otros recursos para la implementación colaborativa de las mejores prácticas.(Sec. 108) Esta sección exige que SAMHSA realice esfuerzos para proteger la Línea 9-8-8 de Prevención del Suicidio y Crisis frente a amenazas de ciberseguridad. (La línea es un número de tres dígitos que conecta a quienes atraviesan una crisis suicida o angustia de salud mental con una red nacional de centros de crisis.) La sección incluye requisitos para que el administrador de la red de la línea y los centros de crisis locales y regionales participantes reporten los incidentes y vulnerabilidades de ciberseguridad detectados.La Oficina de Rendición de Cuentas del Gobierno debe realizar un estudio que evalúe los riesgos y vulnerabilidades de ciberseguridad asociados a la línea e informar sus hallazgos al Congreso.(Sec. 109) Esta sección reautoriza hasta el año fiscal 2030 las actividades de los CDC para recolectar y reportar ciertos datos de salud pública sobre experiencias infantiles potencialmente traumáticas.(Sec. 110) Esta sección reautoriza hasta el año fiscal 2030 un comité interdepartamental sobre trastornos por consumo de sustancias, establece un grupo de trabajo interagencial sobre la contaminación con fentanilo de las drogas ilegales, y amplía ciertas actividades de SAMHSA para incluir estrategias de concientización sobre los peligros de los opioides sintéticos para los jóvenes.(Sec. 111) Esta sección exige que el HHS publique orientaciones sobre los sistemas de eliminación segura de medicamentos en el hogar.(Sec. 112) Esta sección exige que el HHS publique un plan para evaluar los analgésicos opioides aprobados (es decir, los analgésicos derivados de opioides) que aborde los efectos de estos medicamentos en la salud pública, incluidas actualizaciones sobre las acciones de la FDA respecto de las evaluaciones de riesgo-beneficio y el apoyo al desarrollo y la aprobación de productos médicos no adictivos. El HHS debe ofrecer una oportunidad de participación pública sobre la regulación de la FDA de los analgésicos opioides.(Sec. 113) Esta sección otorga autoridad legal para que las Subvenciones Estatales y Tribales de Respuesta a los Opioides de SAMHSA se usen para facilitar el acceso a tecnologías de verificación de drogas, como las tiras reactivas de fentanilo y xilacina, en la medida en que lo permitan las leyes federales y estatales.TÍTULO II--TRATAMIENTO(Sec. 201) Esta sección reautoriza hasta el año fiscal 2030 el programa de Tratamiento Residencial para Mujeres Embarazadas y en Posparto, administrado por el Centro de Tratamiento del Abuso de Sustancias dentro de SAMHSA. Este programa otorga subvenciones para financiar servicios a mujeres embarazadas y en posparto con trastornos por consumo de sustancias, incluidos servicios de tratamiento, apoyo a la recuperación y gestión de casos. La sección también permite expresamente que los beneficiarios realicen actividades de alcance dirigidas a mujeres desproporcionadamente afectadas por los trastornos maternos por consumo de sustancias.(Sec. 202) Esta sección otorga autoridad legal para que el Programa de Becas para Minorías incluya becas de formación en el campo de la medicina de las adicciones. El Programa de Becas para Minorías, administrado por SAMHSA, financia becas para personas que cursan posgrados y planean trabajar en la atención de trastornos mentales o por consumo de sustancias en poblaciones de minorías raciales y étnicas.(Sec. 203) Esta sección reautoriza hasta el año fiscal 2030 el Programa de Educación y Capacitación de la Fuerza Laboral en Salud Conductual para Profesionales, administrado por la Administración de Recursos y Servicios de Salud (HRSA). Este programa otorga subvenciones a organizaciones y programas educativos para reclutar y formar estudiantes en salud mental y conductual.(Sec. 204) Esta sección reautoriza hasta el año fiscal 2030 el Programa de Pago de Préstamos para el Tratamiento y la Recuperación de Trastornos por Consumo de Sustancias, administrado por HRSA. Este programa paga préstamos educativos a profesionales de la salud que se comprometan a brindar tratamiento directo o apoyo a la recuperación en ciertas zonas con escasez de profesionales de la salud o con altas tasas de sobredosis.(Sec. 206) Esta sección reautoriza hasta el año fiscal 2030 y amplía un grupo de trabajo interagencial encargado de elaborar recomendaciones sobre (1) las mejores prácticas para prevenir y mitigar el trauma en los jóvenes y (2) la coordinación de la respuesta federal a las familias afectadas por trastornos por consumo de sustancias y otros traumas.(Sec. 208) Esta sección exige que SAMHSA revise cómo los estados usan los fondos del programa de Subvención en Bloque para Servicios Comunitarios de Salud Mental para atender el primer episodio de psicosis, incluido el uso de servicios basados en evidencia para personas con enfermedad mental grave temprana y niños con trastornos emocionales graves. SAMHSA debe informar al Congreso sobre los hallazgos de la revisión y actualizar las orientaciones del programa con base en ellos.(Sec. 209) Esta sección exige que el HHS revise los datos pertinentes y, si lo considera apropiado, solicite a la Administración para el Control de Drogas (DEA) que modifique la clasificación de los productos aprobados que combinan buprenorfina y naloxona bajo la Ley de Sustancias Controladas. La DEA debe revisar dichas solicitudes y determinar si modifica las listas.(Sec. 210) Esta sección exige que, cuando el HHS emita nuevos reglamentos u orientaciones sobre programas de subvenciones relacionados con los trastornos por consumo de opioides, las referencias a un medicamento que revierte sobredosis por opioides (por ejemplo, naloxona) incluyan de forma amplia cualquier medicamento de ese tipo aprobado por la FDA.Dentro del año siguiente a la promulgación de la ley, el HHS debe actualizar todas las referencias correspondientes en reglamentos u orientaciones emitidos antes de la promulgación que se apliquen a las Subvenciones Estatales de Respuesta a los Opioides, las Subvenciones Tribales de Respuesta a los Opioides u otras subvenciones relacionadas con la prevención de trastornos por consumo de sustancias.(Sec. 211) Esta sección exige que el HHS convoque una mesa redonda pública con actores públicos y privados sobre la ampliación del uso de historias clínicas electrónicas entre los proveedores de servicios de salud mental y de trastornos por consumo de sustancias. El HHS debe informar al Congreso sobre los resultados de la mesa redonda respecto de temas específicos.TÍTULO III--RECUPERACIÓN(Sec. 301) Esta sección reautoriza hasta el año fiscal 2030 el programa Construyendo Comunidades de Recuperación, administrado por el Centro de Tratamiento del Abuso de Sustancias dentro de SAMHSA. Este programa otorga subvenciones a ciertas organizaciones comunitarias sin fines de lucro para desarrollar y brindar servicios coordinados de apoyo a la recuperación a nivel comunitario y estatal para personas con trastornos por consumo de sustancias.(Sec. 302) Esta sección reautoriza hasta el año fiscal 2030 y amplía el Centro Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica Dirigido por Pares para el Apoyo a la Recuperación de Adicciones, administrado por SAMHSA. El centro brinda capacitación y recursos a entidades públicas y privadas sin fines de lucro sobre servicios de apoyo a la recuperación de trastornos por consumo de sustancias y condiciones concurrentes (es decir, condiciones de salud mental que coexisten con trastornos por consumo de sustancias).La sección amplía las funciones del centro para incluir el desarrollo profesional de los especialistas en apoyo entre pares y los servicios de apoyo a la recuperación en entornos no clínicos. También autoriza hasta el año fiscal 2030 un centro regional de asistencia técnica que ayude al centro a atender las necesidades particulares de una región.(Sec. 303) Esta sección reautoriza hasta el año fiscal 2030 las subvenciones a organizaciones sin fines de lucro para establecer u operar centros de recuperación de opioides que brinden tratamiento integral y servicios de apoyo a la recuperación. El programa lo administra SAMHSA.(Sec. 304) Esta sección reautoriza hasta el año fiscal 2030 y modifica el programa de Prevención de Sobredosis Juveniles: Tratamiento, Recuperación, Educación, Concientización y Capacitación (PYO-TREAT), administrado por SAMHSA. El programa PYO-TREAT otorga subvenciones y otros apoyos a entidades educativas y públicas para la prevención, el tratamiento y la recuperación de trastornos por consumo de sustancias en niños y adultos jóvenes.La sección modifica el programa para otorgar autoridad legal a (1) la exigencia de que los solicitantes presenten planes para sostener las actividades después de terminada la subvención, y (2) la ampliación de los beneficiarios elegibles para incluir consorcios de agencias educativas locales. SAMHSA debe informar al Congreso sobre la efectividad del programa PYO-TREAT.(Sec. 305) Esta sección reautoriza hasta el año fiscal 2030 y amplía el programa de Apoyo al Tratamiento, la Recuperación y la Fuerza Laboral, administrado por SAMHSA. Este programa otorga subvenciones a entidades públicas y privadas sin fines de lucro para apoyar a personas en tratamiento y recuperación de trastornos por consumo de sustancias y condiciones concurrentes, de modo que puedan vivir de forma independiente y participar en la fuerza laboral.La sección autoriza el uso del 5 % de esos fondos para servicios de transporte y exige que los beneficiarios informen sobre los resultados de empleo e ingresos de los participantes.Asimismo, la sección reautoriza hasta el año fiscal 2030 el Programa Piloto de Vivienda para la Recuperación, que ayuda a los estados a brindar a las personas en recuperación de un trastorno por consumo de sustancias una vivienda temporal estable por hasta dos años. Este programa lo administra el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano.(Sec. 306) Esta sección reautoriza hasta el año fiscal 2030 el programa Apoyo a las Comunidades: Fomentar la Recuperación de los Opioides mediante el Desarrollo de la Fuerza Laboral, administrado por el Departamento del Trabajo. Este programa otorga subvenciones a entidades públicas para atender los impactos económicos y laborales de los trastornos por consumo de sustancias mediante actividades como el tamizaje y los servicios de apoyo, la capacitación y la vinculación con empleadores.(Sec. 307) Esta sección exige que el HHS convoque una reunión pública sobre cómo mejorar el conocimiento y el acceso a las subvenciones otorgadas por SAMHSA. Con base en los comentarios recibidos, el HHS debe implementar mejoras en los sitios web pertinentes e informar al Congreso.TÍTULO IV--ASUNTOS VARIOS(Sec. 401) Esta sección permite que las farmacias entreguen a los profesionales que recetan sustancias controladas de las listas III a V que no son administradas directamente por el profesional (es decir, autoadministradas), siempre que dichas sustancias estén sujetas a una estrategia de evaluación y mitigación de riesgos que asegure su uso seguro por parte del paciente, incluido el monitoreo posterior a la administración por un proveedor de salud. (Sec. 402) Esta sección amplía los tipos de organizaciones que pueden brindar la capacitación o educación exigida a los profesionales que se registran ante la DEA para dispensar (es decir, recetar o administrar) sustancias controladas de las listas II a V. Esta sección se aplica de forma retroactiva, con efecto como si hubiera sido promulgada el 29 de diciembre de 2022.
Temas Legislativos
Detalles
- Congreso
- 119th
- Cámara
- Cámara de Representantes
- Estado
- resumido
- Acción
- Ley Pública
- Fecha de Acción
- 2025-12-01
- Fecha Agregada
- 2026-07-31
- Fuente
- Congress.gov →
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