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HR-3982Cámara de Representantes2025-06-12Comercio Exterior y Finanzas Internacionales

Proyecto para establecer el Fondo de Respuesta a Aranceles y Daños a las Exportaciones (TRADE), y otros fines.

Resumen YourVoice.NowImpacto en el Hogar PromedioTransparencia y Rendición de Cuentas

HR-3982 crea un nuevo fondo de gobierno llamado Fondo TRADE (Fondo de Respuesta a Aranceles y Daños a las Exportaciones) que recaudaría ingresos arancelarios de productos alimentarios y agrícolas importados y redireccionaría esos dólares directamente a agricultores estadounidenses perjudicados por disrupciones comerciales. Los agricultores que enfrenten pérdida de ventas de exportación, barreras arancelarias extranjeras a sus productos o aumento en el costo de insumos como fertilizantes y equipos serían elegibles para pagos directos de este fondo. El Secretario de Agricultura decide quién califica y cuánto recibe cada productor, sin necesidad de que el Congreso apruebe el gasto cada año por separado. Se requieren informes anuales al Congreso detallando cuánto dinero fluyó a través del fondo y qué tipo de daños de mercado se encontraron. El fondo y su autoridad de pago vencen el 30 de septiembre de 2030, y todo dinero no gastado se cancela permanentemente a partir de esa fecha.

Impacto en el Hogar Promedio

  • compensación del costo arancelario para consumidores — redirige ingresos de aranceles agrícolas a agricultores en lugar del Tesoro general, manteniendo en vigor los aranceles de importación sobre alimentos

Transparencia y Rendición de Cuentas

  • requisito de informe anual — el Secretario de Agricultura debe reportar ingresos del fondo, impactos económicos y pagos a los comités de agricultura y presupuesto del Congreso en un plazo de 60 días tras cada fin de año fiscal
  • cláusula de vencimiento — la autoridad del fondo y los saldos no utilizados vencen el 30 de septiembre de 2030

Resumen del Congreso

Esta ley crea el Fondo de Respuesta a Aranceles y Daños a las Exportaciones (Fondo TRADE) dentro del Tesoro, autoriza el depósito en dicho fondo de ciertos ingresos provenientes de aranceles sobre productos agrícolas y exige al Departamento de Agricultura (USDA) usar el fondo para realizar pagos a productores agrícolas afectados por disrupciones comerciales. Específicamente, autoriza al Presidente a depositar en el fondo los ingresos de aranceles sobre productos importados clasificados bajo los Capítulos 1 al 24 del Arancel Armonizado de EE. UU. (que incluye animales vivos, productos vegetales y animales, mariscos, alimentos preparados y bebidas). El USDA debe usar los fondos para pagar a productores agrícolas afectados por disrupciones de mercado relacionadas con el comercio, incluidas pérdidas por: (1) caída de exportaciones, (2) barreras arancelarias o no arancelarias de países extranjeros, o (3) aumento en el costo de insumos necesarios para producir bienes agrícolas y ganado. El USDA debe informar anualmente al Congreso sobre los ingresos totales transferidos al fondo, los impactos económicos y el resumen de la asistencia provista. Las autoridades vencen el 30 de septiembre de 2030, y los saldos no obligados se cancelan permanentemente a partir de esa fecha.

Detalles

Congreso
119th
Cámara
Cámara de Representantes
Estado
resumido
Acción
Presentado en la Cámara
Fecha de Acción
2025-06-12
Fecha Agregada
2026-05-05
Fuente
Congress.gov →

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