Crea un Grupo de Trabajo interinstitucional, presidido por el Secretario de Estado, para desmantelar centros extranjeros de estafas —principalmente en Birmania, Laos y Camboya— que utilizan trabajo forzado de personas traficadas para ejecutar fraudes en línea, como esquemas de criptomonedas llamados "pig butchering" (engorde de cerdo), contra ciudadanos estadounidenses, quienes perdieron al menos $10,000 millones en estas operaciones en 2024. El Departamento de Estado, el Departamento de Justicia, el FBI, el Departamento de Seguridad Nacional, el Servicio Secreto y el Departamento del Tesoro (incluyendo OFAC y FinCEN) deben compartir datos y desarrollar una estrategia integral en 180 días, con reportes anuales al Congreso durante seis años. En 180 días, el Presidente debe determinar si imponer sanciones Magnitsky, antisecuestro o de crimen transnacional a 32 personas nombradas y 11 entidades nombradas vinculadas a los sindicatos, más cualquier otra que identifique con evidencia creíble; las víctimas de tráfico quedan explícitamente excluidas de sanciones. El Grupo de Trabajo está autorizado a colaborar con bancos, empresas de telecomunicaciones, casas de cambio de criptomonedas, plataformas de redes sociales y aplicaciones de citas para interrumpir la infraestructura de estafas, y a usar capacidades cibernéticas ofensivas para degradar los centros de estafas. La ley autoriza $30 millones para el Departamento de Estado en cada uno de los años fiscales 2026 y 2027. El Grupo de Trabajo termina siete años después de su promulgación.
Transparencia y Rendición de Cuentas
- Informes públicos anuales al Congreso — seis años de datos sobre pérdidas por estafas, sanciones y víctimas requeridos
- Clausura del Grupo de Trabajo a los siete años — obliga una revisión de reautorización
- Intercambio de datos interinstitucional — el Departamento de Estado, el Departamento de Justicia, el DHS y el Tesoro deben agrupar información relevante
- Justificación escrita por no sancionar — requerida para cada persona nombrada que el Presidente decida no designar
Resumen del Congreso
Ley para Desmantelar Sindicatos Extranjeros de Estafas: Esta ley requiere que el Presidente (1) imponga sanciones aplicables a personas extranjeras (individuos o entidades) responsables de estafas financieras en línea contra ciudadanos estadounidenses, y (2) establezca un grupo de trabajo interinstitucional para desmantelar los sindicatos criminales que perpetran dichas estafas. El Presidente debe determinar si 43 personas extranjeras específicas, y cualquier otra persona extranjera que el Presidente considere responsable o cómplice en estafas financieras en línea contra ciudadanos estadounidenses, están sujetas a sanciones bajo las leyes especificadas y la Orden Ejecutiva 13581. Al realizar dicha determinación, el Presidente debe imponer las sanciones aplicables. El Presidente también debe establecer un grupo de trabajo interinstitucional para cerrar los sindicatos criminales transnacionales que utilizan grandes centros de estafas y trabajo forzado de personas traficadas para perpetrar estafas masivas en línea contra estadounidenses. El grupo de trabajo debe presentar una estrategia integral al Congreso y coordinar su implementación. El Departamento de Estado está autorizado a proporcionar atención especializada, albergue, reintegración y servicios de apoyo a las víctimas de tráfico de personas dentro de los centros de estafas en línea.
Detalles
- Congreso
- 119th
- Cámara
- Cámara de Representantes
- Estado
- translated
- Acción
- Presentado en la Cámara
- Fecha de Acción
- 2025-09-18
- Fecha Agregada
- 2026-05-06
- Fuente
- Congress.gov →
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