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HR-6162

Ley de la Escuela India de Albuquerque de 2025

Resumen YourVoice.Now

La Ley de la Escuela India de Albuquerque de 2025 transfiere aproximadamente 9.89 acres de terreno federal en Albuquerque, Nuevo México, a un fideicomiso en beneficio de 19 Pueblos indígenas americanos — incluyendo Acoma, Taos, Zuni y otros 16. El terreno formó históricamente parte de la Escuela India de Albuquerque y actualmente está bajo el control de la Administración de Servicios Generales; la transferencia debe completarse dentro de los 90 días posteriores a la promulgación. Una bodega de 76,682 pies cuadrados ubicada en una de las tres parcelas pasa directamente al Centro Cultural Indio Pueblo en plena propiedad en lugar de fideicomiso. Los Pueblos pueden utilizar el terreno para educación, salud, programas culturales, negocios y desarrollo económico, pero los juegos de azar bajo la Ley Reguladora de Juegos Indígenas quedan explícitamente prohibidos en las parcelas transferidas.

Resumen del Congreso

Ley de la Escuela India de Albuquerque de 2025. Este proyecto de ley pone en fideicomiso tres parcelas de terreno federal especificadas (aproximadamente 9.89 acres) en Albuquerque, Nuevo México, en beneficio de los 19 Pueblos de Nuevo México. (Estas tres parcelas formaron históricamente parte de la Escuela India de Albuquerque, que fue un internado indígena hasta 1981.) El terreno actualmente está administrado por la Administración de Servicios Generales (GSA). En un plazo de 90 días a partir de la promulgación, la GSA debe (1) reubicar a todos los inquilinos federales en el terreno, y (2) transferir la jurisdicción administrativa sobre el terreno al Departamento del Interior. En un plazo de 90 días tras la reubicación de los inquilinos federales y la transferencia de la jurisdicción administrativa, el proyecto requiere que (1) el Interior ponga el terreno en fideicomiso en beneficio de los 19 Pueblos, y (2) el gobierno federal ceda su participación en la propiedad de los edificios y otras estructuras ubicadas en el Tramo 1 al Centro Cultural Indio Pueblo para que los posea en plena propiedad. (El Tramo 1, de aproximadamente 3.57 acres, contiene una bodega de 76,682 pies cuadrados.) El proyecto requiere que el terreno puesto en fideicomiso se utilice para el desarrollo educativo, de salud, cultural, empresarial y económico de los 19 Pueblos. Además, el terreno permanecerá sujeto a las cargas privadas y municipales, derechos de paso, restricciones, servidumbres registradas y acuerdos de servicio de servicios públicos existentes. El proyecto prohíbe los juegos de azar en el terreno puesto en fideicomiso.

Detalles

Congreso
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Cámara
Estado
Acción
Fecha de Acción
Fecha Agregada
Fuente
Congress.gov →

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