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Transparencia y Rendición de CuentasTu DineroBeneficios CorporativosLas organizaciones benéficas que recaudan dinero para proyectos externos tendrían que reportar cada acuerdo — y podrían ser gravadas solo por transferir donaciones.
Transparencia y Rendición de Cuentas
Una organización benéfica que recibe y retiene dinero para un proyecto externo indicaría el proyecto, los montos, las fechas y la persona a cargo en su declaración anual ante el IRS. Esas declaraciones generalmente son de acceso público.
Una organización benéfica que recibe donaciones para una persona o grupo designado, y no mantiene un control real sobre el dinero, debería pagar el 20 por ciento del monto. Si no recupera el dinero, debería pagar otro 100 por ciento.
Un funcionario, director o fideicomisario que acepte dicha transferencia sabiendo de qué se trata debería pagar el 5 por ciento del monto, hasta $10,000. Negarse a ayudar a recuperar el dinero costaría el 50 por ciento, hasta $20,000.
Tu Dinero
Si usted dona a una organización benéfica que solo transfiere su donación a una persona o grupo designado, esa donación ya no contaría como deducción caritativa en sus impuestos. No importaría que la organización esté exenta de impuestos.
Beneficios Corporativos
La nueva regla de reportar no aplicaría a las fundaciones privadas ni a los fondos asesorados por donantes, que son cuentas benéficas que un donante crea y luego dirige. Las demás organizaciones benéficas públicas sí tendrían que presentar los nuevos detalles.
Más sobre este proyecto de ley
La mayoría de las personas no notaría ningún cambio en su vida diaria. El proyecto de ley afectaría a las organizaciones benéficas que reciben y administran dinero para proyectos externos. A ese arreglo se le llama patrocinio fiscal. Un grupo de arte local sin estatus de exención de impuestos propio puede recaudar fondos a través de una organización benéfica más grande que retiene el dinero. Esas organizaciones benéficas tendrían que registrar cada acuerdo en su declaración anual ante el IRS. La lista incluiría el nombre de la otra parte, cuánto dinero se movió y para qué se usó. También indicaría quién dirigió el acuerdo y daría sus fechas de inicio y fin. La mayoría de las declaraciones anuales de las organizaciones benéficas son de acceso público. El proyecto de ley también gravaría a una organización benéfica que simplemente transfiere donaciones a una persona o grupo designado sin mantener un control real sobre el dinero. Ese impuesto sería del 20 por ciento del monto, más un 100 por ciento adicional si la organización no recupera el dinero. Los funcionarios que autoricen esto a sabiendas podrían tener que pagar de su propio bolsillo. Los donantes perderían la deducción de impuestos por donaciones hechas mediante esos acuerdos de traspaso. Las reglas comenzarían con los años fiscales que inicien después del 31 de diciembre de 2027.
Resumen del Congreso
Ley de Transparencia del Patrocinio Fiscal de 2026 Este proyecto de ley exige que ciertas organizaciones benéficas informen al Servicio de Impuestos Internos (IRS) sobre acuerdos de patrocinio fiscal. El proyecto de ley también impone impuestos especiales sobre acuerdos de intermediación indebidos y elimina la deducción del impuesto federal por contribuciones hechas bajo tales acuerdos. El proyecto de ley define un acuerdo de patrocinio fiscal como un acuerdo entre una organización benéfica obligada a presentar una declaración informativa anual ante el IRS (Formulario 990) y una persona que no está exenta de impuestos, en virtud del cual la organización (1) acepta (a cambio de una contraprestación) recibir y administrar contribuciones en nombre de esa persona, o (2) solicita públicamente y acepta recibir y administrar contribuciones para un proyecto específico que promueve el propósito exento de impuestos de la organización. La organización debe conservar la discreción y el control sobre las contribuciones, y el acuerdo debe poder darse por terminado por cualquiera de las partes. El proyecto de ley exige que las organizaciones benéficas exentas de impuestos informen sobre los acuerdos de patrocinio fiscal, incluidos los nombres de las partes (que no sean personas físicas) del acuerdo, los montos totales transferidos o disponibles para un proyecto específico, y el funcionario principal de la organización a cargo del acuerdo. El proyecto de ley impone impuestos especiales a la organización y a ciertos gerentes de la organización por los montos transferidos bajo un acuerdo similar si la organización no ejerce discreción y control sobre el uso de esos fondos. El proyecto de ley define esto como un acuerdo de intermediación indebido. Finalmente, el proyecto de ley elimina la deducción de impuestos por contribuciones o donaciones hechas bajo un acuerdo de intermediación indebido.
Temas Legislativos
Detalles
- Congreso
- 119th
- Cámara
- Cámara de Representantes
- Estado
- resumido
- Acción
- Presentado en la Cámara
- Fecha de Acción
- 2026-07-16
- Fecha Agregada
- 2026-09-22
- Fuente
- Congress.gov →
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