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Beneficios CorporativosTransparencia y Rendición de CuentasQuienes donen a escuelas chárter destacadas recuperarían el 75 % como crédito fiscal, con un tope de 5.000 millones al año.
Beneficios Corporativos
- Crédito fiscal por donaciones a escuelas chárter — Los donantes recuperan el 75 % de la contribución
- Tope del crédito para altos ingresos — Fijado en el 10 % del ingreso bruto ajustado cuando supera los 5.000 dólares
- Tope de volumen — 5.000 millones de dólares al año en créditos, con aumento del 5 % al alcanzarse el 90 %
Transparencia y Rendición de Cuentas
- Requisitos de auditoría — Las organizaciones beneficiarias deben obtener auditorías financieras independientes anuales
- Seguimiento de créditos — El Tesoro debe rastrear los créditos reclamados y actualizar la disponibilidad en tiempo real
- Control gubernamental sobre los beneficiarios — Se otorga a las organizaciones la máxima libertad operativa bajo la ley
Los detalles
Los donantes recibirían un amplio crédito fiscal federal por donar a ciertas organizaciones de escuelas chárter. El crédito equivale al 75 % de la donación. El crédito de cada donante tiene un tope de 5.000 dólares o del 10 % de su ingreso bruto ajustado, el que sea mayor. Los donantes no podrían además reclamar la deducción caritativa habitual por la misma donación. El crédito no usado puede trasladarse hasta cinco años. Los beneficiarios deben ser escuelas chárter sin fines de lucro u organizaciones que las administran. Deben tener una subvención federal de expansión o ubicarse en el 10 % superior de su estado en desempeño estudiantil. Deben mantener las donaciones en cuentas separadas, obtener auditorías independientes anuales y gastar el dinero en cinco años. A nivel nacional, los créditos tienen un tope de 5.000 millones de dólares al año a partir de 2026. Se reservan 10 millones de dólares por estado y el resto se asigna por orden de llegada.
Resumen del Congreso
Ley de Escuelas Chárter de Alta Calidad. Este proyecto de ley establece un crédito fiscal federal equivalente al 75 % de las contribuciones calificadas en efectivo o en valores negociables que una persona haga a una organización elegible de escuelas chárter para crear o ampliar las escuelas chárter que opera o administra. (Se aplican limitaciones). El proyecto limita el crédito fiscal al monto mayor entre 5.000 dólares o el 10 % del ingreso bruto ajustado de la persona. El crédito no es reembolsable, pero el monto que exceda la obligación tributaria del año puede trasladarse hasta por cinco años fiscales. Además, el proyecto establece un tope anual de 5.000 millones de dólares (que debe aumentarse en ciertas circunstancias), del cual deben distribuirse 10 millones de dólares a cada estado para asignar el crédito a las personas residentes en ese estado. El monto restante del tope debe asignarse por orden de llegada. El proyecto exige que el Servicio de Impuestos Internos (IRS) desarrolle un sistema para rastrear las contribuciones calificadas en tiempo real. Bajo el proyecto, una organización elegible de escuelas chárter generalmente debe gastar todas las contribuciones calificadas (menos gastos administrativos razonables) dentro de cierto plazo. Si el IRS determina que una organización no cumplió esos requisitos de gasto, el crédito fiscal no se permite para las contribuciones a esa organización durante un año a partir de la fecha de la determinación.
Temas Legislativos
Detalles
- Congreso
- 119th
- Cámara
- Senado
- Estado
- resumido
- Acción
- Presentado en el Senado
- Fecha de Acción
- 2025-05-20
- Fecha Agregada
- 2026-07-25
- Fuente
- Congress.gov →
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