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Tu DineroTransparencia y Rendición de CuentasLas familias con un miembro ciego podrían recibir un crédito tributario reembolsable de hasta $2,000 cada 3 años por tecnología de acceso.
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Usted podría recuperar lo que pague de su bolsillo por equipo o programas informáticos que permitan a una persona ciega usar información visual. Cubre a usted, a su cónyuge o a un dependiente. El límite es de $2,000 por persona ciega cada tres años, y usted lo recibe aunque no deba impuestos.
Transparencia y Rendición de Cuentas
El crédito cubriría costos solo en los años tributarios de 2026 a 2030. El Congreso tendría que votar de nuevo para mantenerlo después de esa fecha.
Más sobre este proyecto de ley
Si usted, su cónyuge o un dependiente es ciego, podría recibir un crédito tributario federal. Cubriría la tecnología que convierte información visual en una forma que una persona ciega pueda usar. Puede ser equipo, programas informáticos u otra tecnología que usted pague de su bolsillo. El crédito podría llegar a $2,000 por persona ciega en cualquier período de tres años. Es reembolsable, así que usted podría recibir el dinero aunque no deba impuestos sobre los ingresos. El crédito comenzaría con el año tributario 2026. Después de 2026, el límite de $2,000 subiría con la inflación. No podría reclamar costos que pague un seguro u otra persona. Tampoco podría usarlo para un costo que el código tributario le permita deducir o por el que pueda reclamar otro crédito. El crédito terminaría después del año tributario 2030. Quién se considera ciego se rige por la definición que ya existe en el código tributario.
Resumen del Congreso
Ley de Asequibilidad de la Tecnología de Acceso de 2025 Este proyecto de ley permite un crédito tributario federal reembolsable, hasta 2030, igual a los montos pagados por tecnología de acceso calificada para uso de una persona ciega que sea el contribuyente, el cónyuge del contribuyente o un dependiente del contribuyente. (Se aplican límites). El proyecto de ley define la tecnología de acceso calificada como equipos, programas informáticos u otra tecnología de la información cuya función principal sea convertir o adaptar información representada de forma visual a formas o formatos que las personas ciegas puedan usar. El crédito tributario está limitado a (1) los montos pagados que no sean compensados por un seguro o de otra manera, y (2) un monto total de $2,000 (ajustado por inflación) por persona ciega en cualquier período de tres años fiscales consecutivos.
Detalles
- Congreso
- 119th
- Cámara
- Senado
- Estado
- resumido
- Acción
- Presentado en el Senado
- Fecha de Acción
- 2025-05-22
- Fecha Agregada
- 2026-10-20
- Fuente
- Congress.gov →
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