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Transparencia y Rendición de CuentasProhíbe que el Tesoro use su fondo de estabilización para apoyar los mercados de Argentina hasta diciembre de 2027.
Transparencia y Rendición de Cuentas
- Discreción del Tesoro sobre el Fondo de Estabilización Cambiaria — Apoyo a Argentina prohibido
- Duración de la prohibición — Vence el 10 de diciembre de 2027
Los detalles
El Fondo de Estabilización Cambiaria del Tesoro no podría usarse para apoyar los mercados financieros de Argentina. La prohibición cubre líneas de intercambio de divisas, compras de pesos o deuda del gobierno argentino, y cualquier instrumento de crédito. Los contratos ya vigentes que la violen tendrían que venderse o terminarse dentro de siete días de la promulgación. La prohibición vence el 10 de diciembre de 2027. Una sección de conclusiones expresa la opinión del Congreso de que el fondo debería defender los empleos, los salarios, y la estabilidad financiera de los estadounidenses en lugar de los mercados extranjeros. Cita un paquete de apoyo a Argentina de $20,000 millones anunciado por el Secretario del Tesoro, y las dificultades financieras entre los agricultores estadounidenses, especialmente los productores de soya. A diferencia de su equivalente en la Cámara, H.R. 6061, esta versión no redirige el dinero a ayuda agrícola.
Resumen del Congreso
Ley Contra el Rescate a Argentina Este proyecto de ley prohíbe el uso del Fondo de Estabilización Cambiaria (ESF) para brindar apoyo financiero a Argentina. (El ESF es un fondo de reserva de emergencia del Departamento del Tesoro originalmente utilizado para mantener el tipo de cambio fijo del dólar. En octubre de 2025, el Tesoro anunció apoyo financiero de EE. UU. a Argentina, incluida una línea de intercambio de divisas de $20,000 millones financiada a través del ESF.) Específicamente, el proyecto de ley prohíbe el uso del ESF para brindar apoyo financiero directo o indirecto a Argentina, incluso mediante el establecimiento de líneas de intercambio de divisas, la compra de pesos o deuda soberana de Argentina, o la extensión de cualquier instrumento de crédito. Esta prohibición finaliza el 10 de diciembre de 2027. Cualquier contrato o instrumento financiero que se haya celebrado antes de la promulgación del proyecto de ley y que viole la prohibición deberá venderse o terminarse dentro de los siete días posteriores a la promulgación del proyecto de ley.
Detalles
- Congreso
- 119th
- Cámara
- Estado
- resumido
- Acción
- Presentado en el Senado
- Fecha de Acción
- Fecha Agregada
- Fuente
- Congress.gov →
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