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S-4912Senado2026-06-24Agricultura y Alimentación

Ley BUFFER

Resumen YourVoice.Now

Medio AmbienteTu Dinero

La tierra de cultivo ya sujeta a una regla de conservación estatal o local aún podría ganar la renta del programa de reserva de conservación.

Medio Ambiente

Tierra de cultivo elegible para el programa de conservación — las reglas locales de conservación ya no la descalifican

La tierra sujeta a un requisito de conservación tribal, estatal o local contaría como elegible para inscribirse. La única excepción: la tierra donde una orden judicial o una orden de cumplimiento de una agencia impuso la práctica queda fuera.

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Propietarios agrícolas que pueden cobrar pagos de renta por conservación

El programa paga una renta anual a los propietarios que retiran tierra de la producción y mantienen cobertura de conservación en ella. Más propietarios agrícolas podrían inscribirse y cobrar esa renta.

Más sobre este proyecto de ley

Supongamos que una regla estatal, tribal o local ya le exige proteger parte de su tierra de cultivo. Esa tierra aún podría entrar al programa de reserva de conservación. El programa paga a los propietarios una renta anual por retirar tierra de los cultivos y mantener cobertura vegetal en ella. Hoy esa superposición puede dejar la tierra fuera. Hay un límite. Si una orden judicial o una orden de cumplimiento de una agencia es lo que exige la práctica, la tierra no calificaría. El proyecto de ley también elimina una disposición que permitía al Secretario de Agricultura decidir si otro tipo de tierra cuenta.

Resumen del Congreso

Ley para Fortalecer las Fronteras Agrícolas para la Resiliencia Ecológica, o Ley BUFFER. Este proyecto de ley establece que ciertas tierras (sujetas a regulaciones estatales) son elegibles para participar en el Programa de Reserva de Conservación (CRP). Bajo el CRP, el Departamento de Agricultura otorga pagos anuales a productores agrícolas para retirar de la producción tierras altamente erosionables y ambientalmente sensibles e instalar prácticas de conservación de recursos. Específicamente, las tierras que de otro modo son elegibles bajo el programa permanecen elegibles para la inscripción incluso si una ley, ordenanza u otra regulación tribal, estatal u otra local exige alguna medida o práctica de conservación de recursos o protección ambiental. El proyecto de ley incluye una excepción que hace que la tierra no sea elegible bajo el programa si el requisito de implementación fue impuesto por una orden administrativa o una orden judicial. Las regulaciones actuales excluyen de la elegibilidad para la inscripción (con excepciones) a las tierras sujetas a leyes, ordenanzas u otras regulaciones tribales, estatales u otras locales que exigen alguna medida o práctica de conservación de recursos o protección ambiental.

Detalles

Congreso
119th
Cámara
Senado
Estado
resumido
Acción
Presentado en el Senado
Fecha de Acción
2026-06-24
Fecha Agregada
2026-08-26
Fuente
Congress.gov →

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