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S-671

Ley del Inspector General para Ucrania

Resumen YourVoice.NowTransparencia y Rendición de Cuentas

Se crearía una nueva Oficina del Inspector General para Ucrania para auditar e investigar cómo se gasta la ayuda militar y no militar de EE. UU. a Ucrania. El Presidente nombraría al Inspector General, con confirmación del Senado, dentro de los 30 días, y la oficina haría un seguimiento de los contratos, transferencias de fondos, envíos de armas y el cumplimiento del uso final de toda esa ayuda proporcionada desde el 1 de enero de 2022. El Inspector General rendiría cuentas a los Secretarios de Estado y Defensa, pero ningún funcionario de Estado, Defensa o USAID podría bloquear ninguna auditoría, investigación o citación. Se requerirían informes trimestrales al Congreso y se publicarían en línea en inglés y otros idiomas de uso generalizado en Ucrania, aunque el Presidente podría eximir la divulgación pública de cualquier elemento por razones de seguridad nacional. La medida autoriza $70 millones para el año fiscal 2025 y compensa ese costo recortando los mismos $70 millones del Fondo de Apoyo Económico para Ucrania. La oficina se cerraría cinco años después de la promulgación, tras presentar una auditoría forense final de los programas de ayuda.

Transparencia y Rendición de Cuentas

  • Supervisión del Inspector General — Nuevo organismo de control creado para la ayuda de EE. UU. a Ucrania
  • Independencia de auditoría — Los funcionarios tienen prohibido bloquear las auditorías, investigaciones o citaciones del IG
  • Informes trimestrales — Requeridos al Congreso sobre obligaciones de ayuda, contratos y uso final de armas
  • Acceso público a los informes — Informes publicados en línea en inglés y en idiomas utilizados en Ucrania
  • Divulgación pública — El Presidente puede eximir la publicación pública de informes por razones de seguridad nacional
  • Cláusula de extinción — La oficina cierra después de 5 años con una auditoría forense final requerida

Resumen del Congreso

Ley del Inspector General para UcraniaEste proyecto de ley establece la Oficina del Inspector General para Ucrania, dirigida por el Inspector General para Ucrania, quien será nombrado por el Presidente con el consejo y consentimiento del Senado.Las funciones de la oficina incluyen realizar, supervisar y coordinar auditorías e investigaciones de los montos asignados o disponibles de otra manera para el apoyo militar y no militar de Ucrania, y de los programas, operaciones y contratos realizados utilizando dichos fondos; establecer, mantener y supervisar los sistemas, procedimientos y controles que la oficina considere apropiados para dichas auditorías e investigaciones; y coordinar con las Oficinas del Inspector General del Departamento de Defensa (DOD), el Departamento de Estado y la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional.Cuando la información o la asistencia solicitada por la oficina sea denegada injustificadamente o no se proporcione, la oficina informará las circunstancias al Departamento de Estado o al DOD, según corresponda, y al Congreso sin demora.La oficina presentará un informe al Congreso de forma trimestral.

Detalles

Congreso
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Cámara
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Acción
Fecha de Acción
Fecha Agregada
Fuente
Congress.gov →

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